Las pensiones por incapacidad de los autónomos aumentan un 2,8% este año

A partir de enero, las pensiones de los autónomos experimentarán un aumento del 2,8%. Esta subida se aplicará a los diferentes tipos de Incapacidad Permanente que pueden recibir los trabajadores por cuenta propia. La Seguridad Social confirmó recientemente, después de la publicación final del Índice de Precios al Consumo (IPC), que las pensiones de los autónomos y otros cotizantes aumentarán un 2,8% a partir de finales de enero. Esto resultará en un incremento de varios cientos de euros en las prestaciones contributivas para los pensionistas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Cómo quedarán las pensiones de los autónomos con menos de 15 años de cotización
Una de las pensiones más comunes entre los autónomos, además de la jubilación, es la de Incapacidad Permanente. En la actualidad, alrededor de 100.000 trabajadores autónomos reciben alguna de las diferentes prestaciones por incapacidad, como la total, parcial o la gran invalidez. Cada una de estas pensiones tiene un importe diferente, pero todas se verán beneficiadas por el ajuste realizado según el IPC.
Esta prestación, esencial para quienes no pueden seguir ejerciendo su actividad profesional, se clasifica en varios niveles según el grado de incapacidad: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Cada uno de estos niveles tiene requisitos y cuantías específicos, que se detallarán a continuación.
Así se incrementarán las pensiones de incapacidad permanente de los autónomos en 2025
En el sistema de seguridad social, la incapacidad permanente otorga a los trabajadores por cuenta propia una pensión cuando su capacidad para trabajar se reduce o desaparece por completo. Dependiendo del grado de incapacidad reconocido, los autónomos pueden recibir prestaciones económicas, algunas de ellas de carácter vitalicio, para hacer frente a la pérdida parcial o total de sus ingresos.
Con la subida del 2,8% confirmada según el IPC de este año, las pensiones quedarán de la siguiente forma:
- Incapacidad permanente total para la actividad habitual: 775 euros de media
Este tipo de incapacidad impide al autónomo realizar las tareas de su trabajo habitual, aunque le permite dedicarse a otras actividades. Un ejemplo sería un fotógrafo que, debido a problemas de visión, no puede continuar con su actividad principal, pero sí puede gestionar una tienda de material fotográfico. La pensión es vitalicia y se calcula en función del 55% de la base reguladora. Si el autónomo no puede encontrar un nuevo trabajo compatible, este porcentaje puede aumentar un 20%. En 2024, la pensión media para este tipo de incapacidad era de 754,08 euros, y en 2025, con la subida del 2,8%, se elevará a 775,19 euros.
- Incapacidad permanente absoluta para cualquier actividad: 1.075 euros de media
Este grado de incapacidad se otorga cuando el trabajador no puede desempeñar ninguna tarea remunerada. Un ejemplo sería un programador que, debido a una enfermedad degenerativa, queda totalmente incapaz de trabajar en cualquier profesión.