Incapacidad Permanente
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01La denegación de una incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social no significa necesariamente que el procedimiento haya terminado. Cuando una persona considera que sus enfermedades o lesiones le impiden continuar trabajando, puede presentar una reclamación previa y, posteriormente, acudir a los Juzgados de lo Social.
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02Muchas personas creen que, por tener una enfermedad importante, una lesión grave o varias patologías diagnosticadas, la Seguridad Social debe reconocer automáticamente una incapacidad permanente. Sin embargo, en la práctica no funciona así.
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03Cada cierto tiempo aparecen titulares que hablan de una supuesta "lista de enfermedades" que permiten obtener una incapacidad permanente. En los últimos días, distintos medios de comunicación han vuelto a hacerse eco de un amplio listado de patologías que, según diversos despachos especializados, suelen estar presentes en expedientes de incapacidad permanente.
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04Cada día, miles de personas acuden a trabajar pese a encontrarse enfermas, sufrir dolores intensos o tener limitaciones que les impiden desarrollar su actividad con normalidad. Algunas lo hacen por miedo a perder parte de su salario. Otras, porque temen perjudicar a sus compañeros. Pero una de las razones más preocupantes es el temor a que la empresa las despida si solicitan una baja médica.
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05Una de las dudas más habituales cuando una persona se encuentra en desempleo y atraviesa un problema de salud importante es qué ocurre si, mientras está cobrando el paro, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoce una incapacidad permanente.
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