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Ya se puede recuperar hasta 5 años de cotización por antiguas prácticas: cómo puede afectar a tu jubilación

Ya se puede recuperar hasta 5 años de cotización por antiguas prácticas: cómo puede afectar a tu jubilación

Ya se puede recuperar hasta 5 años de cotización por antiguas prácticas: cómo puede afectar a tu jubilación

Muchas personas realizaron prácticas universitarias, de formación profesional, de investigación o programas formativos sin que ese tiempo apareciera reflejado en su vida laboral. Durante años, esos periodos no computaban para la jubilación, pese a haber formado parte del itinerario profesional de muchos trabajadores.

Ahora, la Seguridad Social permite recuperar hasta 5 años de cotización por determinadas prácticas realizadas en el pasado, mediante la suscripción de un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta medida puede ser especialmente relevante para quienes necesitan completar años cotizados, acceder antes a la jubilación o mejorar determinados derechos futuros.

La noticia publicada por El Español recuerda que esta posibilidad ya está en vigor y que puede beneficiar a quienes realizaron prácticas formativas no cotizadas antes de 2024, siempre que cumplan los requisitos exigidos.

¿Qué permite esta nueva medida?

La medida permite que determinados periodos de prácticas formativas o académicas externas realizadas en el pasado puedan computar como días cotizados a la Seguridad Social.

En concreto, se puede recuperar un máximo de 1.825 días, es decir, hasta 5 años de cotización. La propia Seguridad Social confirma que el rescate íntegro alcanza ese límite máximo de 5 años y que el plazo para solicitarlo finaliza el 31 de diciembre de 2028.

Esto no significa que la Seguridad Social regale años cotizados sin más. Para que esos periodos se reconozcan, la persona interesada debe solicitar un convenio especial, acreditar las prácticas realizadas y abonar la cotización correspondiente.

¿Quién puede recuperar estos años cotizados?

No todas las personas pueden acogerse a esta posibilidad. La medida está pensada para quienes realizaron prácticas formativas que, en su momento, no cotizaron porque la normativa entonces vigente no obligaba a ello.

Pueden verse beneficiados, entre otros:

  • Alumnos universitarios que realizaron prácticas para obtener titulaciones oficiales de grado, máster o doctorado.

  • Alumnos universitarios que realizaron prácticas vinculadas a títulos propios.

  • Estudiantes de Formación Profesional, salvo determinados supuestos de formación profesional intensiva.

  • Alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas.

  • Personas que participaron como becarios en programas de formación no dirigidos a obtener un título.

  • Doctorados que participaron en programas de formación investigadora, tanto en España como en el extranjero.

La Seguridad Social especifica que pueden incluirse, con un máximo de 1.825 días, las prácticas no remuneradas anteriores al 1 de enero de 2024, las prácticas remuneradas anteriores al 1 de noviembre de 2011, determinadas prácticas universitarias retribuidas afectadas por la anulación del Real Decreto 1707/2011 realizadas antes del 21 de mayo de 2013, programas de formación no dirigidos a título anteriores al 1 de noviembre de 2011, y programas de doctorado de naturaleza investigadora anteriores al 4 de febrero de 2006.

¿Por qué puede ser importante para la jubilación?

La jubilación depende de dos grandes factores: los años cotizados y las bases de cotización. Por eso, recuperar periodos que antes no aparecían en la vida laboral puede tener consecuencias importantes.

Estos años pueden servir para:

  • Alcanzar el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la pensión.

  • Mejorar la carrera de cotización.

  • Acercarse a los años necesarios para cobrar un mayor porcentaje de la base reguladora.

  • Facilitar el acceso a determinadas modalidades de jubilación anticipada.

  • Reducir lagunas de cotización en la vida laboral.

Ahora bien, conviene ser prudente: recuperar años cotizados no siempre significa que automáticamente se vaya a cobrar mucho más de pensión. Dependerá de la edad de la persona, de su vida laboral, de sus bases de cotización, de si ya alcanza o no los requisitos mínimos y de la modalidad de jubilación a la que pretenda acceder.

Por eso, antes de suscribir el convenio especial, es recomendable hacer números y valorar si compensa económicamente.

¿Sirve para adelantar la jubilación?

Puede servir en algunos casos, pero no de forma automática.

La recuperación de estos años cotizados puede ayudar a una persona a reunir el periodo de cotización necesario para acceder a una jubilación anticipada, o a mejorar su posición dentro del sistema. Sin embargo, la jubilación anticipada tiene sus propios requisitos y, además, puede implicar coeficientes reductores sobre la pensión.

Por tanto, la pregunta correcta no es solo si se pueden recuperar años cotizados, sino si esos años son realmente útiles para el objetivo concreto del trabajador: jubilarse antes, mejorar la cuantía de la pensión o cumplir el periodo mínimo exigido.

En muchos casos, recuperar cotizaciones puede ser una buena oportunidad. En otros, puede no tener un impacto suficiente como para justificar el coste.

¿Cuánto cuesta recuperar esos años cotizados?

La recuperación de estos periodos no es gratuita. La persona interesada debe pagar la cotización correspondiente mediante el convenio especial.

Según la información de la Seguridad Social, la base de cotización se calcula tomando como referencia la base mínima del grupo 7 del Régimen General correspondiente al año en que se realizaron las prácticas, y no la base actual. Además, una vez calculado el importe, se aplica un coeficiente del 0,77 para determinar la cantidad final a ingresar.

La Seguridad Social ha indicado que, de forma aproximada, el coste puede situarse entre 40 y 140 euros al mes por cada mes que se quiera recuperar, especialmente para periodos de prácticas realizados entre 1980 y 2006.

¿Se puede pagar a plazos?

Sí. El pago puede realizarse de una sola vez o de forma fraccionada.

La Orden ISM/386/2024 establece que el ingreso puede hacerse mediante pago único o mediante pago fraccionado. La Seguridad Social explica que el fraccionamiento puede alcanzar hasta el doble del periodo que se pretende recuperar, con un máximo de 84 mensualidades, es decir, 7 años.

Esto puede facilitar que muchas personas puedan acogerse a la medida sin tener que afrontar de golpe todo el importe.

¿Qué prestaciones cubre este convenio especial?

El convenio especial no solo puede tener efectos sobre la jubilación.

La Orden ISM/386/2024 dispone que la cotización por los periodos de prácticas reconocidos tendrá por objeto la cobertura de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes.

Esto significa que los periodos reconocidos pueden tener relevancia no solo para la pensión de jubilación, sino también para otras prestaciones contributivas vinculadas a contingencias comunes.

¿Cómo se solicita?

La solicitud debe realizarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social, normalmente a través de Importass o de los canales habilitados por la Seguridad Social.

Para solicitarlo será necesario acreditar las prácticas realizadas. En función del caso, la certificación podrá proceder de la universidad, centro formativo, empresa, entidad financiadora o institución en la que se realizaron las prácticas.

La Seguridad Social indica que el plazo máximo para resolver la solicitud es de seis meses. Además, permite consultar los días cotizados a través del informe de vida laboral, donde aparecen los periodos de alta, empresas, prácticas formativas y número de días cotizados.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo para solicitar la suscripción de este convenio especial finaliza el 31 de diciembre de 2028.

Aunque todavía queda margen, no conviene dejarlo para el último momento. En muchos casos puede ser necesario recopilar certificados antiguos, contactar con universidades, empresas o centros formativos, revisar documentación y comprobar si esos periodos ya constan o no en la vida laboral.

¿Qué documentos conviene reunir?

Para preparar la solicitud, es recomendable reunir:

  • Informe de vida laboral actualizado.

  • Certificados de prácticas emitidos por la universidad, centro formativo o empresa.

  • Convenios de prácticas, si se conservan.

  • Documentación académica vinculada a esas prácticas.

  • Certificados de programas de investigación o becas.

  • Fechas exactas de inicio y fin.

  • Acreditación de si las prácticas fueron remuneradas o no.

  • Cualquier documento que pruebe la duración y naturaleza de las prácticas.

Cuanto más precisa sea la documentación, más fácil será acreditar el periodo que se pretende recuperar.

¿Merece la pena recuperar esos años?

Depende del caso.

Puede ser especialmente interesante para personas que:

  • Están cerca de jubilarse.

  • Tienen lagunas de cotización.

  • No alcanzan el periodo mínimo exigido.

  • Quieren acceder a la jubilación anticipada.

  • Necesitan mejorar su carrera de cotización.

  • Realizaron varios años de prácticas no cotizadas.

  • Participaron en programas de investigación o formación durante largos periodos.

En cambio, puede no ser tan rentable para personas que ya tienen una carrera de cotización muy larga o para quienes los años recuperados no cambien de forma relevante su acceso o cuantía de pensión.

Por eso, antes de pagar, es importante analizar la situación concreta.

Conclusión: una oportunidad para mejorar la carrera de cotización

La posibilidad de recuperar hasta 5 años cotizados por antiguas prácticas formativas puede ser una medida muy relevante para miles de trabajadores. No se trata simplemente de “comprar años”, sino de reconocer periodos de formación y prácticas que durante mucho tiempo quedaron fuera de la vida laboral.

Sin embargo, no todos los casos son iguales. Hay que revisar la vida laboral, comprobar si las prácticas cumplen los requisitos, calcular el coste del convenio y valorar si esos años tienen un impacto real en la futura jubilación.

En Incaprest podemos ayudarte a estudiar tu situación, revisar tu vida laboral y valorar si te interesa recuperar estos años de cotización para mejorar tu acceso a la jubilación o a otras prestaciones de la Seguridad Social.

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