
La Seguridad Social paga 1.600 millones en atrasos a hombres por el complemento de maternidad y brecha de género

La Seguridad Social paga 1.600 millones en atrasos a hombres por el complemento de maternidad y brecha de género
La reclamación del complemento de maternidad para hombres y del actual complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se ha convertido en uno de los asuntos más relevantes dentro del ámbito de las prestaciones de la Seguridad Social.
Según ha publicado El Confidencial, la Seguridad Social habría abonado ya más de 1.600 millones de euros en atrasos a pensionistas varones como consecuencia del reconocimiento judicial de estos complementos. La cifra refleja el enorme impacto económico que han tenido las sucesivas sentencias que han considerado discriminatorio excluir o dificultar el acceso de los hombres a estos suplementos de pensión.
Durante años, muchos hombres pensionistas vieron denegado este complemento por el simple hecho de ser varones. Sin embargo, la jurisprudencia europea y española ha ido corrigiendo esa situación, abriendo la puerta a miles de reclamaciones frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
¿Qué es el complemento de maternidad en la pensión?
El antiguo complemento de maternidad por aportación demográfica estuvo vigente desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021. Inicialmente, estaba previsto solo para mujeres que hubieran tenido dos o más hijos y accedieran a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
El problema surgió porque la norma excluía automáticamente a los hombres, aunque también hubieran tenido hijos y hubieran contribuido al sistema de Seguridad Social.
Esta exclusión fue considerada discriminatoria por la jurisprudencia, lo que permitió que muchos padres pensionistas pudieran reclamar el complemento con efectos retroactivos.
En la práctica, este complemento puede suponer un incremento relevante de la pensión, ya que se calculaba mediante un porcentaje sobre la cuantía inicial: 5% por dos hijos, 10% por tres hijos y 15% por cuatro o más hijos.
¿Qué es el complemento de brecha de género?
Desde el 4 de febrero de 2021, el antiguo complemento de maternidad fue sustituido por el complemento para la reducción de la brecha de género.
Este nuevo complemento se aplica a pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, siempre que se cumplan los requisitos legalmente establecidos. En 2026, su cuantía es de 36,90 euros mensuales por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro hijos computables.
Por tanto, en 2026 el complemento puede alcanzar aproximadamente:
516,60 euros al año por un hijo.
1.033,20 euros al año por dos hijos.
1.549,80 euros al año por tres hijos.
2.066,40 euros al año por cuatro hijos.
La cuantía se abona en 14 pagas y se revaloriza conforme a la normativa aplicable.
¿Por qué ahora pueden reclamarlo también los hombres?
La clave está en que tanto el complemento anterior como el actual han sido objeto de importantes pronunciamientos judiciales.
En relación con el complemento de maternidad anterior a 2021, los tribunales consideraron que reconocerlo solo a las mujeres suponía una discriminación directa por razón de sexo.
Posteriormente, el Tribunal Supremo también ha confirmado que el actual complemento de brecha de género debe abonarse a los hombres en las mismas condiciones que a las mujeres, aplicando la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Esto ha provocado un aumento muy importante de solicitudes y reclamaciones por parte de hombres pensionistas que, en su día, no solicitaron el complemento o lo solicitaron y les fue denegado.
¿Cuánto ha pagado la Seguridad Social a los hombres?
De acuerdo con la información publicada, la Seguridad Social habría abonado 1.637 millones de euros en atrasos a hombres por ambos complementos: el antiguo complemento de maternidad y el actual complemento de brecha de género.
La noticia señala que en 2024 se habrían pagado más de 1.100 millones de euros a pensionistas varones por el complemento de maternidad reconocido con carácter retroactivo, a lo que se añadieron nuevas cantidades en 2025 por este mismo concepto y por el complemento de brecha de género.
Además, el impacto no se limita a los atrasos. Al tratarse de un complemento mensual incorporado a la pensión, genera un gasto recurrente que se mantiene mientras se percibe la prestación.
¿Quién puede reclamar el complemento de maternidad?
Pueden tener derecho a reclamar el antiguo complemento de maternidad los hombres que cumplan, con carácter general, estos requisitos:
Tener reconocida una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Haber tenido dos o más hijos, biológicos o adoptivos.
No haber percibido ya el complemento o haber recibido una denegación por parte del INSS.
En estos casos, puede reclamarse el reconocimiento del complemento y, en su caso, los atrasos correspondientes.
Este supuesto sigue siendo especialmente relevante para muchos pensionistas que se jubilaron antes de febrero de 2021 y que todavía no han iniciado ninguna reclamación.
¿Quién puede reclamar el complemento de brecha de género?
El complemento de brecha de género se aplica a pensiones reconocidas desde el 4 de febrero de 2021.
Puede solicitarse junto con la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. La propia Seguridad Social explica que pueden solicitarlo quienes hayan tenido uno o más hijos y accedan a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Tras los últimos pronunciamientos judiciales, los hombres también pueden reclamarlo cuando se les haya denegado por no cumplir requisitos adicionales que no se exigían a las mujeres.
¿Qué ocurre si el INSS deniega el complemento?
Cuando el INSS deniega el complemento, es posible iniciar una reclamación administrativa previa y, si se mantiene la negativa, acudir a la vía judicial ante el Juzgado de lo Social.
En muchos casos, la denegación se ha producido porque la Seguridad Social aplicaba una interpretación restrictiva de la normativa, especialmente respecto de los hombres.
Por eso, antes de descartar la reclamación, conviene analizar:
La fecha de reconocimiento de la pensión.
El tipo de pensión reconocida.
El número de hijos.
Si se solicitó o no el complemento.
Si existe una resolución denegatoria previa.
La cuantía de la pensión y los posibles atrasos.
Cada caso debe estudiarse de forma individual, porque no es lo mismo reclamar el antiguo complemento de maternidad que el actual complemento de brecha de género.
¿Cuánto dinero se puede recuperar?
La cantidad dependerá de varios factores: fecha de efectos de la pensión, número de hijos, cuantía inicial de la pensión y tipo de complemento aplicable.
En el antiguo complemento de maternidad, el importe se calculaba como un porcentaje sobre la pensión inicial. Por eso, en pensiones medias o altas, los atrasos pueden ser especialmente relevantes.
En el complemento de brecha de género, la cuantía es fija por hijo. En 2026 asciende a 36,90 euros mensuales por hijo, con el límite de cuatro hijos.
En ambos casos, la reclamación puede suponer no solo el cobro de atrasos, sino también un incremento mensual de la pensión de cara al futuro.
¿Hay plazo para reclamar el complemento?
Aunque el derecho al complemento se vincula a una pensión contributiva ya reconocida, es importante no dejar pasar el tiempo.
En materia de Seguridad Social, los efectos económicos y los atrasos pueden verse condicionados por los plazos aplicables y por la fecha en que se presenta la solicitud o reclamación.
Por este motivo, lo recomendable es revisar cuanto antes si existe derecho al complemento y presentar la reclamación de forma adecuada, especialmente si el pensionista ya recibió una denegación anterior.
Conclusión: miles de hombres pensionistas aún pueden reclamar
La noticia confirma una realidad cada vez más evidente: el complemento de maternidad y el complemento de brecha de género han generado una intensa litigiosidad y un importante impacto económico para la Seguridad Social.
Muchos hombres pensionistas pueden tener derecho a reclamar cantidades que no les fueron reconocidas en su momento. En algunos casos, se trata de atrasos importantes; en otros, de un incremento mensual de la pensión que puede mantenerse durante años.
En Incaprest analizamos cada caso de forma individual, revisando la pensión reconocida, la fecha de efectos, el número de hijos y la posible reclamación frente al INSS.
Si tienes reconocida una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y has tenido hijos, puede que tengas derecho a reclamar el complemento de maternidad o el complemento de brecha de género.


