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Un error de 407 euros convierte un despido objetivo en improcedente

Un error de 407 euros convierte un despido objetivo en improcedente

Un error de 407 euros convierte un despido objetivo en improcedente

Una empresa puede tener motivos económicos reales para despedir a un trabajador y, aun así, el despido terminar siendo declarado improcedente.

Eso es lo que ha ocurrido en un reciente caso analizado por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el que una diferencia de poco más de 407 euros en la indemnización entregada a una trabajadora terminó siendo determinante.

El tribunal consideró que el error cometido por la empresa no podía calificarse como un simple fallo menor y declaró improcedente el despido.

El caso recuerda la importancia de revisar no solo la causa alegada por la empresa, sino también cómo se ha calculado y abonado la indemnización.

¿Qué ocurrió?

La trabajadora fue despedida mediante un despido objetivo por causas económicas.

Las dificultades económicas de la empresa eran reales. De hecho, posteriormente la compañía terminó entrando en concurso de acreedores y se produjo un despido colectivo que afectó al resto de la plantilla.

Por tanto, el problema principal no estaba en la existencia de la causa económica.

La cuestión estaba en la indemnización.

En el momento del despido, la empresa entregó a la trabajadora 675 euros.

Sin embargo, la cantidad que legalmente le correspondía era superior.

La diferencia ascendía a 407,47 euros, aproximadamente un 38 % de la indemnización correcta.

La trabajadora decidió impugnar el despido.

La causa económica existía, pero el despido fue improcedente

Inicialmente, el despido había sido considerado ajustado a derecho.

Sin embargo, el TSJ de Navarra analizó el cálculo realizado por la empresa y llegó a una conclusión diferente.

La Sala entendió que la diferencia en la indemnización no podía considerarse un error excusable.

No existía una especial dificultad jurídica o de cálculo que justificara una desviación de esa magnitud, y la empresa tampoco había explicado de manera suficiente por qué había abonado una cantidad inferior.

Por ello, el tribunal terminó declarando el despido improcedente.

Este punto es especialmente importante: una causa válida no basta por sí sola para que un despido objetivo sea procedente.

También deben cumplirse correctamente los requisitos exigidos por la ley.

¿Qué indemnización corresponde en un despido objetivo?

Cuando una empresa extingue un contrato por determinadas causas objetivas, el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores exige, con carácter general, poner a disposición del trabajador una indemnización equivalente a:

20 días de salario por año trabajado, con el límite máximo legal correspondiente.

Además, esta indemnización debe ponerse a disposición del trabajador simultáneamente a la entrega de la comunicación del despido, salvo las excepciones expresamente contempladas legalmente para determinados supuestos económicos.

Por eso, cuando un trabajador recibe una carta de despido objetivo, es fundamental revisar tres cuestiones:

  • La antigüedad utilizada por la empresa.

  • El salario diario empleado para hacer el cálculo.

  • La cantidad final puesta a disposición.

Un error relevante en cualquiera de estos elementos puede tener consecuencias sobre la calificación del despido.

No todos los errores en la indemnización provocan la improcedencia

Esto también es importante.

No cualquier diferencia de unos pocos euros convierte automáticamente un despido en improcedente.

Los tribunales distinguen entre el denominado error excusable y el error inexcusable.

Un error puede considerarse excusable cuando existe una dificultad razonable para calcular la indemnización, por ejemplo por discrepancias jurídicas reales sobre la antigüedad, determinados conceptos salariales o circunstancias particulares de la relación laboral.

En estos casos, una diferencia limitada podría no afectar a la procedencia del despido.

Sin embargo, cuando el error es importante, fácilmente detectable o no existe una explicación razonable que lo justifique, puede considerarse inexcusable.

Y entonces la consecuencia puede ser la improcedencia del despido.

Precisamente, el propio artículo 53 establece que el despido objetivo será procedente cuando se acredite la causa y se hayan cumplido los requisitos legales. En caso contrario, puede ser declarado improcedente.

¿Por qué 407 euros fueron suficientes en este caso?

No fue únicamente por la cantidad absoluta.

El tribunal tuvo en cuenta la importancia que representaba ese error sobre la indemnización total.

Los 407,47 euros equivalían aproximadamente a un 38 % de lo que debía haberse abonado.

Por tanto, no se trataba de una pequeña diferencia de redondeo.

Además, según la información publicada sobre la resolución, el cálculo no presentaba una dificultad especial que permitiera justificar el error cometido.

Esto llevó al tribunal a considerar incumplido uno de los requisitos formales esenciales del despido objetivo.

¿Qué consiguió la trabajadora?

El TSJ de Navarra revocó la decisión anterior y declaró el despido improcedente.

La indemnización correspondiente al despido improcedente quedó fijada en 1.786,89 euros, pudiendo descontarse los 675 euros que la empresa ya había abonado cuando comunicó la extinción.

La diferencia es importante porque un despido objetivo procedente y uno improcedente tienen consecuencias económicas distintas.

En un despido objetivo procedente, la indemnización ordinaria es de 20 días por año trabajado.

Cuando el despido se declara improcedente, la indemnización general asciende a 33 días de salario por año de servicio, con los límites previstos legalmente para los periodos trabajados desde febrero de 2012.

Una empresa puede tener razón en la causa y perder el juicio

Este caso transmite una idea muy importante para cualquier trabajador que haya recibido un despido objetivo.

No basta con preguntarse:

“¿La empresa realmente tiene pérdidas?”

También hay que revisar:

  • Si la carta explica correctamente las causas.

  • Si la indemnización está bien calculada.

  • Si se ha utilizado la antigüedad correcta.

  • Si se han incluido todos los conceptos salariales que correspondan.

  • Si el dinero se ha puesto a disposición en el momento legalmente exigido.

  • Si se han respetado el resto de requisitos formales.

Una empresa puede tener problemas económicos perfectamente acreditados y cometer, al mismo tiempo, un error que termine provocando la improcedencia del despido.

¿Qué hacer si la indemnización de tu despido parece incorrecta?

Lo primero es no asumir que la cantidad indicada por la empresa es necesariamente correcta.

Conviene comparar la carta de despido, las últimas nóminas, la antigüedad real del trabajador y el importe abonado.

También es importante conservar:

  • La carta de despido.

  • El justificante de transferencia o pago de la indemnización.

  • Las nóminas.

  • El contrato de trabajo.

  • Las posibles subrogaciones o cambios de empresa.

  • El finiquito entregado.

En muchas ocasiones, las diferencias aparecen porque la empresa utiliza una antigüedad incorrecta o excluye determinados conceptos salariales que deberían formar parte del cálculo.

Solo hay 20 días hábiles para reclamar

El plazo para impugnar judicialmente un despido es, con carácter general, de 20 días hábiles.

Se trata de un plazo de caducidad.

Eso significa que, aunque posteriormente se detecte un error evidente en la indemnización, dejar pasar el plazo puede impedir que el trabajador consiga que un juez revise el despido.

Por ello, es recomendable analizar la documentación desde el momento en que se recibe la carta.

Un pequeño cálculo puede cambiar el resultado del despido

El caso resuelto por el TSJ de Navarra demuestra que en materia de despidos los detalles importan.

La empresa tenía dificultades económicas reales.

Pero eso no fue suficiente.

El error en la indemnización era demasiado elevado para ser considerado un simple fallo sin consecuencias y terminó convirtiendo el despido objetivo en improcedente.

Por eso, ante cualquier despido objetivo, no solo debe analizarse la causa empresarial.

También deben revisarse cuidadosamente la indemnización, el salario, la antigüedad y el cumplimiento de los requisitos formales.

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En Incaprest analizamos despidos objetivos y disciplinarios para comprobar si la decisión empresarial cumple los requisitos legales.

Revisamos la carta de despido, las causas alegadas, la antigüedad, el salario regulador y la indemnización abonada para determinar si existen motivos para reclamar.

Si has recibido una carta de despido, recuerda que el plazo general para impugnarla es de solo 20 días hábiles.

Revisar la documentación a tiempo puede marcar la diferencia entre aceptar el despido o conseguir que sea declarado improcedente.

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